• Blog
  • Inmigración
  • Presentación de una apelación ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos

Presentación de una apelación ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos

¿Se le ha denegado su reciente petición al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)? En caso afirmativo, puede ser elegible para apelar la decisión ante la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS (AAO). De hecho, tanto los solicitantes como los peticionarios que han presentado solicitudes para recibir ciertos privilegios de inmigración pueden apelar una denegación. El proceso de apelación generalmente se inicia mediante la presentación de un Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción, aunque en ciertas circunstancias no se puede usar esta vía de alivio.

Entendiendo el Proceso de Apelación de USCIS

El Formulario I-290B se utiliza para presentar una apelación, moción para reconsiderar o moción para reabrir con la AAO de USCIS. Al presentar una apelación a la AAO, básicamente está solicitando que una autoridad superior revise la decisión ingresada originalmente. El aviso de denegación que recibió debe incluir información sobre si debe usar el Formulario I-290B o un formulario diferente para presentar su apelación. Por lo general, una apelación debe presentarse dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se ingresó la decisión de denegación, aunque se puede proporcionar un período más corto para la apelación en su decisión de denegación. Si bien el Formulario I-290B es el formulario común utilizado para presentar apelaciones, ciertos problemas de inmigración no se pueden apelar mediante el uso de este formulario. Las apelaciones de inmigración de las siguientes partes no se pueden presentar a través del Formulario I-290B:

  • Los peticionarios que presentaron una Petición de Viudo (er) del Formulario I-360 o una Petición de Formulario I-130 para Pariente Extranjero deben presentar un Formulario de Notificación de Apelación EOIR-29 ante la Junta de Apelaciones de Inmigración de los Estados Unidos.
  • Aquellos que han presentado un Formulario I-821D consideración de acción diferida para los llegados en la infancia o una exención de presencia ilegal de la disposición I-601A no tienen derechos de apelación.
  • Los beneficiarios de peticiones de visa revocadas o denegadas no tienen derecho a apelar su decisión de USCIS.
  • Aquellos que presenten solicitudes de Trabajador Agrícola Especial o Legalización deben presentar alternativamente un Formulario I-694 Aviso de Apelación de Decisión.
  • Aquellos a quienes se les negó una solicitud de visa por parte de una oficina consular del Departamento de Estado de los Estados Unidos en el extranjero no deben usar el Formulario I-290B para presentar una apelación.
  • Al enviar su Formulario I-290B, no está obligado a enviar un escrito. Sin embargo, para garantizar un resultado favorable, debe hacer que un abogado de inmigración con experiencia en JRQ cree un informe para acompañar su Formulario I-290B que describa y explique suficientemente por qué la decisión anterior fue incorrecta. Los plazos de decisión varían y puede haber largos tiempos de espera.

Póngase en contacto con un abogado de inmigración con experiencia en JRQ & Associates ahora

Los abogados de inmigración con experiencia en JRQ & Associates están disponibles para ayudar con cada etapa del proceso de inmigración. Ya sea que esté comenzando una nueva solicitud o apelando una decisión adversa, nuestros abogados de inmigración con experiencia pueden brindarle todo el apoyo legal, los servicios y la representación que necesita. Llame a JRQ & Associates hoy al 312.561.5062 para discutir su situación particular en una consulta de inmigración gratuita.

Contacta con nosotros hoy: